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lunes, 23 de marzo de 2015

PPSOE: la única opción del sistema

A la hora de las elecciones
solo tenemos al socialista y al popular
no tenemos más opciones:
Españoles, A votar
Se sientan en mesas con banqueros
mientras dan puñaladas al movimiento obrero
desde el socialdemócrata traicionero
y su compañero derechista pepero
no nos quedan más opciones
Españoles a votar
y sigue el circo de los partidos de los banqueros explotadores
mientras la sociedad se golpea dividida
con la mirada perdida
Españoles a votar


viernes, 20 de marzo de 2015

21M. LA DIGNIDAD EN MARCHA

Como el año pasado, las Marchas de la Dignidad vuelven a Madrid a reclamar Pan, trabajo, Vivienda y Dignidad.

La convocatoria comienza con las columnas y los autobuses que saldrán desde un gran número de ciudades del estado, pero se irán juntando progresivamente en Madrid, en diversas columnas (ver el mapa adjunto) hasta que lleguen todas a la Plaza de Colón a las 18h de la tarde. Y se pretende que al igual que el año pasado se convierta en una respuesta masiva de la población frente la política de los recortes, la corrupción y el empobrecimiento masivo que tenemos.

LA NECESIDAD DE LAS MARCHAS DE LA DIGNIDAD

Los progresivos ataques al maltrecho Estado del Bienestar y a los derechos básicos de las personas son un motivo más que suficiente para participar en en esta manifestación. Otros datos que avalan la necesidad de esta movilización son : la tasa de paro (EPA) sigue situada en el 24% de población con más de cinco millones y medio de personas en situación de desempleo, la cobertura de prestaciones a la personas sin empleo no llega al 58%. Cerca de tres millones de personas carecen de ingresos, situación que afecta a más de medio millón de hogares. Los empleos que se crean son precarios y con salarios de miseria por lo que hoy se es pobre incluso teniendo empleo. En este sentido la diferencia salarial entre hombres y mujeres es del 24%. El paro juvenil sigue superando el 55% y cada día son más los jóvenes que, como sus abuelos, tienen que emigrar para poder tener el futuro que este país les niega. Las pensiones pierden poder adquisitivo año tras año y su revalorización es una vergüenza.

En esta situación económica es alarmante el aumento de la pobreza que se sitúa en el 30 % de la población, una de cada cinco personas está en riesgo de pobreza severa y de exclusión social, esta pobreza tiene mayoritariamente rostro infantil y de mujer. El aumento de la precariedad social, fruto de estas políticas de recortes, de la precariedad laboral y salarial, de eliminación de derechos y coberturas sociales, aumenta el número de personas afectadas por los desahucios y por lo que se ha dado en llamar pobreza energética (cortes de los servicios de luz, agua y gas). Este invierno han muerto personas a consecuencia de la precaria situación de los hogares.

POR QUE ES UNA OBLIGACIÓN PARTICIPAR EN LAS MARCHAS

Nuestra historia está repleta de leyes injustas que fueron modificadas gracias a la presión social: desde la esclavitud hasta el aparheid, la desobediencia civil es un motor de cambio de la sociedad.
El ser humano es el único ser vivo que es capaz de crear su propio destino. Puede desafiar todas las normas establecidas por la propia sociedad, por los dioses y por la naturaleza y salir victorioso gracias a su lucha y a su constancia.

La desobediencia civil ha sido el motor que ha permitido derruir imperios, acabar con la esclavitud, mejorar las condiciones de vida de la gente, exigir los mismos derechos que las clases dominantes…. Es una parte fundamental de nuestra existencia.

Que el estado garantice pan, trabajo y techo es un derecho y una obligación que debe a los ciudadanos, sujetos que tienen el derecho de exigirle unas herramientas para tener unas condiciones de vida dignas ya que son, en última instancia, la base en la que se sustenta todo estado.

La política se basa en una lucha de un poder contra otra otro. El resultado para que uno sea derrocado y la balanza se rompa es la desobediencia. Sin embargo, la desobediencia tiene que tener una base: no valen los rebeldes sin causa, como el mítico James Dean. Toda rebeldía nace del pensamiento.


  • ¿Es legítimo desobedecer? Sí, cuando un presidente llega al gobierno con un programa y lo incumple paulatinamente aludiendo a algo tan abstracto como la realidad.
  • ¿Es legítimo desobedecer? Sí, cuando tratan de imponer mediante la coacción un pensamiento único, hay que recordad que el arma más poderosa y más eficaz es la educación
  • ¿Es legítimo desobedecer? Sí, cuando la democracia está secuestrada por los banqueros y beneficia a una élite mientras el resto de la población sufre.
  • ¿Es legítimo desobedecer? Sí, porque la historia nos ha demostrado que la única forma de conseguir derechos son nuestras propias manos y nosotros mismos.
  • ¿Es legítimo desobedecer? Sí, porque es el único motor del cambio.
Las alternativas son claras:
  • · Recalcar la responsabilidad ética de los seres humanos, en contraposición a la irresponsabilidad moral que ha fomentado el capitalismo.
  • · Cambiar la idea de bienestar del ser humano: el ser humano necesita vivir bien pero ese bienestar no tiene por qué provenir del materialismo y el consumo sino de tener lo suficiente para vivir: Vivienda, pan y trabajo.
  • · Cambiar la mentalidad económica vigente: Crear una economía más humana, que tenga como objetivo el bien común

No tenemos nada que perder salvo las cadenas. Quieren quitarnos las manos,  las manos que fabrican los utensilios, las que utilizan las herramientas, las que generan riqueza, pero nuestras manos son nuestras.





sábado, 6 de diciembre de 2014

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 Y LA REFORMA DEL ARTÍCULO 135

La Constitución es la base para que haya Estado de  Derecho, es la norma jurídica máxima de un Estado y a la que van a estar sometidos los poderes y ciudadanos.

Refleja la forma de Estado (en España monarquía parlamentaria), y debe recoger los derechos y libertades fundamentales de los individuos, ya que ninguna ley puede contradecirla.

Los gobernantes están sujetos a la Constitución y, cuando una norma va contra ella, se puede interponer un recurso al Tribunal Constitucional (que garantiza que todas las leyes se ajusten a la Constitución).

Es un elemento esencial, pero no suficiente para establecer un Estado de Derecho en su totalidad, ya que se requieren todos los otros elementos ya vistos.

Las Constituciones pueden ser:
- Escritas (parte del poder legislativo y luego se someten a referéndum)
- Consuetudinarias (integradas por un conjunto de leyes y normas junto a los usos y costumbres)

Etapas de la Constitución

Existen cuatro etapas en la creación de la Constitución actual: liberal, social, democrática y de derecho.

· Etapa liberal: surge a principios del siglo XX a raíz de la Constitución de Weimar en 1919. Se caracteriza porque se empieza a reconocer las libertades fundamentales del ser humano: reunión, manifestación…

· Etapa social: se produce a raíz de los movimientos sociales que se dan en EU, y se exige por parte de los ciudadanos unos derechos que hasta el momento no fueron contemplados: sanidad, huelga, salario justo, horas determinadas… Esto provoca leyes que influirán en las Constituciones posteriores. Estos ideales influirán en las Constituciones de los países de la URSS.

· Etapa democrática: caracterizada por la toma de conciencia por parte los ciudadanos de la necesidad de su participación en la política a través de mecanismos como el sufragio o la libertad de formación de partidos políticos. Florece el parlamentarismo como representante de la soberanía nacional.


· Etapa de Derecho: toma de conciencia de los ciudadanos de ir más allá de la participación política reconociendo que derechos hoy en día fundamentales como la educación, la vivienda o el medioambiente eran necesarios.

La modificación del artículo 135: la sentencia de muerte de la Constitución

La propuesta de reforma fue realizada el 23 de agosto de 2011 por el entonces Presidente del Gobierno socialista José Luis Rodríguez Zapatero. La reforma contó con el apoyo del  PPSOE y y UPN. Puesto que PSOE y PP tenían conjuntamente, en dicha legislatura, más del 90% de diputados y senadores, y al tratarse de una reforma por proceso ordinario, no fue necesario un referéndum; tampoco fue solicitado por un 10% de los representantes de una de ambas cámaras, dentro del plazo previsto que concluyó el 26 de septiembre de 2011.

Sin embargo el resto de partidos representados en la cámara se mostraron descontentos ante dicha reforma en la que, según ellos, no se les había llamado a la negociación lo que les llevó a acusar a ambos partidos de romper el proceso constituyente.
El artículo ANTES de reformarse era el siguiente:
1. El Gobierno habrá de estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.

2. Los créditos para satisfacer el PAGO de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
Antiguo artículo 135 de la Constitución española8
El nuevo artículo 135 quedó redactado COMO sigue:
Artículo 135 Constitución Española (modificado BOE 27 de septiembre de 20111 )

1. Todas las ADMINISTRACIONES Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.
Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al ESTADO y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley PARA emitir deuda pública o contraer crédito.
Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las ADMINISTRACIONES se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.
El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:
a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.
b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.
c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

Disposición adicional única.

1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada ANTES de 30 de junio de 2012.
2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.
2. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a PARTIR de 2020.

Disposición final única.
La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España".
NUEVO artículo 135 de la Constitución española1



· Estructura y principios básicos de la Constitución: Consta de 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorios y una disposición final. Se divide en primer lugar en títulos, que regulan aspectos de un tema fundamental, cuando dentro hay subtítulos el título se divide en capítulos (aspecto específico y concreto del tema al que se refiere el título) también puede haber otra división: secciones (punto concreto del capítulo concreto).

La Constitución tiene 3 partes: preámbulo, parte dogmática y parte orgánica.
· Preámbulo:  recoge las líneas generales de lo que es la Constitución y no tiene un valor jurídico.
· Parte dogmática: contiene las grandes definiciones según la esencia del Estado español, sus valores reconocidos por el Estado, así como los derechos que se le reconocen a los ciudadanos, ocupa un tercio del total.

· Parte orgánica: Recoge la división de poderes (Estado de Derecho) y la configuración de España como tal. Por encima de todo señalan a la corona como árbitro y moderador. Aquí también se configura la estructura territorial del Estado (una unidad con configuración económica). Para garantía de los ciudadanos se establece el Tribunal Constitucional como garantía de que todas las leyes respeten la Constitución y a los ciudadanos. Sometimiento a la ley de los ciudadanos y todos los poderes públicos para evitar la arbitrariedad.

Principios básicos de la Constitución: vienen recogidos en el Artículo 1.1 cuando señala que España configura un Estado social democrático y de Derecho.

· Estado Social: la Constitución garantiza el reconocimiento de unos derechos que tienen un marcado carácter social (trabajo, vivienda…). Esto no significa que jurídicamente se puede exigir al Estado el cumplimiento de estos.
· Estado Democrático: pretende evitar cualquier forma de interpretación del Estado como autoritario. Rompe con cualquier signo autoritario reconociendo el sufragio, el pluralismo, la participación política y la igualdad.
· Estado de Derecho: Las cortes son elegidas por los ciudadanos, y la propia Constitución reconoce y garantiza el uso y disfrute de los Derechos Fundamentales que son inherentes.
También hay unos valores superiores que impregnan la Constitución como el pluralismo político, la libertad, la justicia y la igualdad.
De la misma manera, se habla de otros principios como la Monarquía Parlamentaria donde el Rey es árbitro y moderador; el régimen parlamentario monista, que hay un único Parlamento con dos Cámaras (el Congreso de los Diputados y el Senado), que aprobarán las leyes que han de ser refrendadas por el Rey y que es un Estado regional tunitario pero descentralizado. La Constitución consagra como propio fundamento la unidad, pero a la vez establece un régimen de descentralización hasta el punto que admite reformas autonómicas y partidos políticos propios, reflejo de la participación y  el instrumento fundamental para que se hable de Estado de Derecho.

Características Constitución 1978:

· Se recoge en un texto único, por lo que no hay dispersidad legislativa.
· Es de las más amplias que hay en la UE, no sólo por el número de artículos sino también por la extensión de estos.
· Es rígida: El procedimiento de reforma es difícil, ya que es necesario seguir:
-          La aprobación del Congreso y de 3/5 del Senado.
-          Si una de las cámaras no lo aprueba, se forma un grupo para llegar a un consenso. Si hay visto bueno, se disuelven las cortes y se convocan elecciones. El nuevo Parlamento deberá refrendar la reforma y deberá ser sometida a referéndum popular.
· Es pactada y nació del acuerdo de los principales partidos políticos del 78.
· Es monárquica: establece como forma política la Monarquía Parlamentaria.


  DERECHOS Y LIBERTADES

Tipos de derecho reconocidos:

· Políticos: aquellos relacionados con la participación del individuo en la vida pública y política del país. Afectan a la configuración del país y que por tanto rigen la vida pública:
-          Sufragio universal: afecta tanto a los ciudadanos como a los extranjeros. No se diferencian en cuanto a los derechos fundamentales. Aquí, en el caso de los extranjeros, la participación se limita a las elecciones municipales (Tª Maastrich) -> hizo que se someta a referéndum la Constitución, ya que hasta entonces solo pudieran españoles.
  • -          Libertad de asociación política
  • -          Cortes democráticas
  • -          Pluralismo político: valor fundamental, ya que sin él no existe la democracia.


· Fundamentales:

-          Art. 15: Derecho a la vida. Protección de este derecho, prohibición de las torturas y de la pena de muerte.
-          Objeción de conciencia: derivado de una sentencia del Tribunal Constitucional en 1985 que despenalizó los tres supuestos del aborto: se ofrecía la objeción de conciencia a los médicos. Desde este momento, la objeción de conciencia obtendrá rasgo constitucional basada en motivos ideológicos o religiosos.
-          Derechos civiles: derecho a la vida, libertad religiosa, objeción de conciencia, derecho a residencia con excepción a casos de asesinato. Doble configuración libertades:
o   Derecho a practicar cualquier religión.
o   Obligación del Estado a no impedir el ejercicio de ese derecho.
Es necesario y tiene límites en:
o   No puede propagar valores o actividades contrarias  a la Constitución.
o   Se ha de inscribir en el registro que hay en el Tribunal de Justicia para las religiones.
-          Derechos Políticos (fundamentales): libertad de expresión y de difusión de ideas sin más restricción que la ley, libertad de información (sus límites están expuestos en el Art. 18: honor, intimidad y protección a la juventud e infancia), derecho al sufragio activo y pasivo, posibilidad de ser elegido o elegir a los representados en el Parlamento, a la huelga y a la manifestación pacífica sin armas.
-          Derechos sociales: derecho al trabajo, prohibición a la discriminación por sexo, derecho a la educación (que estipula la libre elección de centros), a la creación de centros educativos y a la elección de la formación religiosa.

· Derecho a la libertad de información:

Es un derecho indispensable para la democracia. Es reconocido por los Derechos humanos y la ONU. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos lo avala. Existieron dos períodos respecto a esta libertad: preconstitucional y constitucional:
-          Preconstitucional: no estaba configurado. Había censura previa y registros en los medios de comunicación.
-          Constitucional: entiende que sin libertad no hay democracia. Tiene especial protección: para poder limitarlo se necesitan muchas más garantías (D. Fundamental Art. 14-49.
En el Art. 20 se recoge la libertad de expresión, información y cátedra, así como de la libre creación de medios de comunicación (prohibición de censura previa), del secreto profesional y el reconocimiento de la cláusula de conciencia (secuestro de las publicaciones: solo por orden judicial prohíbe la difusión de los medios de com.)
La libertad de expresión se refiere a la libertad de cada ciudadano de expresar su opinión a través del medio que considere oportuno. Se refiere a ideas.
La libertad de información se refiere a la libertad para manifestar hechos. Está reforzada en el ámbito de los medios de comunicación.
La libertad de expresión no está sometida al control de la veracidad, la de información si.

Criterio de veracidad: Se establece cuando se tiene que determinar si una noticia está o no dentro de los límites del Art. 20 aplicando la veracidad. Esto se realiza mediando la certeza, la comprobación, el contraste, etc.. El Tribunal Constitucional dicta que para que uan información sea veraz, no tiene porque ser cierta en todos sus extremos siempre y cuando se cumple el que el profesional haya puesto “toda la diligencia posible” para llegar a esa información.
La libertad de expresión viene configurada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como “el perro guardián de la democracia”, por lo que tiene especial protección.
La libertad de información contiene dos aspectos:
-          Reconoce el derecho a expresar libremente información.
-          Es el derecha de la sociedad de recibir una información veraz y objetiva (respetando el principio de veracidad).
· La libertad de cátedra: es la libertad de cada profesional de emitir la materia respecto a su criterio.
· Secreto profesional: es un derecho y un deber, ejerce como derecho por el cual un periodista puede negarse a revelar la identidad de su fuente y el deber de no hacerlo si no esta autorizado por la fuente.
· Cláusula de conciencia: derecho por el cual los periodistas pueden romper su relación laboral cuando en el medio de comunicación se da un giro ideológico radical, y ampara también a que se pueda negar a redactar información en contra de su conciencia.

Estos derechos encuentran sus límites, que están redactados en el Art. 17 y hacer referencia al honor, la intimidad y la imagen. Los límites se resolverán en los tribunales (Supremo o Constitucional) ya que la teoría ha evolucionado. En una primera fase dio más protección al honor que a la libertad de información, pero más tarde cambió dando un giro radical invirtiendo la importancia. A partir de los años 90, el Tribunal Constitucional establece lo que se conoce como la Tª de la Ponderación.

·Tª de la Ponderación: analiza caso a caso la situación de conflicto, partiendo de la prevalencia de la libertad de información. Para ello utiliza 3 criterios decisivos:
-          Veracidad de la información: no habrá vulneración al honor.
-          Si tiene relevancia para la sociedad.
-          Falta de expresiones injuriosas o insultos.
Si se dan estos 3 requisitos, la noticia estará amparada por el Derecho a la Información.


miércoles, 5 de noviembre de 2014

SI TIRAMOS TODOS ELLOS CAERÁN

Si hay algo que nos demuestra la historia, es que nada es eterno. Los imperios vienen y van, al igual que los sistemas. Forma parte de nuestra naturaleza: nada prevalece.

La crisis económica ha acentuado las carencias de la modélica cultura de la transición, del bipartidismo y el turnismo, de la estructura social y política heredada del franquismo. Ayudada por la indignación de la gente, las estructuras culturales del sistema parecen tambalearse incluso en sectores tan conservadores como el Ejército, rompiendo incluso con la tradición turnista de los grandes partidos, tradición implantada a imagen  y semejanza de Cánovas del Castillo y Mateo Sagasta.

La irrupción de PODEMOS y las candidaturas ciudadanas son la cristalización de una tendencia impulsada a raíz del descontento generalizado de una sociedad que está harta de la corrupción política, del sistema de "puertas giratorias" entre cajas de ahorros y partidos políticos afines al sistema. los movimientos sociales en la calle se han acentuado cada vez más debido a una crisis estructural del sistema que ha roto incluso con el pensamiento único del capitalismo y de la economía de mercado. 

La alarma para estos fariseos empezó en las elecciones europeas de mayo de este mismo año. El bipartidismo PPSOE no alcanzó el 50 % de los votos emitidos, la irrupción de PODEMOS en el panorama político esperanzó a mucha gente desilusionada con la política de los partidos tradicionales, en Euskal Herria y Catalunya triunfaron los partidos nacionalistas de izquierdas ( EH BIldu y la coalición de Esquerra Republicana), la movilización social continua en las diversas mareas y paraece cristalizarse en las diversas iniciativas ciudadanas creadas para las próximas elecciones municipales. La pérdida del discurso hegemónico de la socialdemocracia en la izquierda de este país se ha acentuado con la crisis económica, recordando su traición a los trabajadores y su sometimiento a la Troika y el FMI: Han recibido un golpe tan fuerte en la que no les valdrá un simple lavado de cara sino una reestructuración interna e ideológica si quieren sobrevivir.

La abdicación del rey en verano no fue una sorpresa para aquellos que queremos ser ciudadanos y no súbditos. Los escándalos de la familia real se han acentuado más gracias a la mediatización del Caso Urdangarín, las cacerías de elefantes en Botswana y los negocios ocultos del rey. Pero esto no es nuevo en la Casa Real: es una tradición. La falsa transición se encargó de divinizar la monarquía como "garante de las instituciones democráticas y de la estabilidad" mientras silenciaba al movimiento republicano y los comunistas aceptaron el nuevo orden bajo presiones militares.

L'ESTACA DE LLUIS LLACH

El cantaautor catalán  LLuis LLach ya lo decía en su canción l' estaca: todos bebemos tirar juntos para liberarnos de un peso muerto y podrido que llevamos a nuestras espaldas soportando durante tanto tiempo al igual que Atlas carga con el mundo. Es necesario que todos juntos tiremos para liberarnos como dice la canción. en nuestras manos está las herramientas para hacer un nuevo mundo más humano y más justo y evolucionar. Nuestra tarea es seguir avanzando hasta vencer porque estamos en una guerra donde solamente puede quedar un vencedor: ellos o nosotros.

No comparto la terminología de "casta" de Pablo Iglesias porque me parece simplista. pero estoy de acuerdo con su contenido: el propio sistema está muerto, es un cadáver viviente. Es hora de rematarlo y crear algo nuevo. Y para ello necesitamos unirmos bajo un programa, no bajo unas siglas, sino bajo puntos concretos en los que estemos de acuerdo. Luego ya se añadirán los matices necesarios. Pero debemos recordar quién es el verdadero enemigo y cuáles son nuestras trincheras y campos de batalla.

Nuestra rebelión debe cristalizarse porque sabemos cuál es la situación, los porqués de ésta y cómo y quién nos ha llevado hasta aquí. Nos somos un James Dean cualquiera sino personas conscientes de su situación, hartos de todo aquello que tenemos que tragar. Y en esta disyuntiva solamente hay dos opciones: Ganar o Perder.

Este es nuestro momento. Y tenemos que aprovecharlo. Debemos dejar de lamernos las heridas y convertirnos en esos hombres imprescindibles de los que hablaba Bertolt Brecht.

Tenemos como armas la razón y la indignación popular. Y ahora nos toca mover ficha en esta partida de ajedrez y poder decir al final: JAQUE MATE.




miércoles, 6 de agosto de 2014

EL CAMBIO DE POSE DEL PSOE

El PSOE necesita renovarse. Ese es el sentir general que impera en el partido, sin embargo todavía no se platean convocar elecciones primarias: Se han rechazado las enmiendas a la ponencia marco que, como el caso de Madrid, pedían que se celebrasen en el primer semestre del 2014, incluso, a ser posible, en febrero próximo.

Lo que sí se ha aprobado es rebajar del 10 al 5 por ciento el número de avales que se exigirá a los aspirantes y se ha establecido que podrán votar los mayores de 16 años no afiliados (14 en el caso de los militantes de las Juventudes Socialistas)

El debate soberanista también ha estado presente: las relaciones entre el PSC y el PSOE se mantendrán y el partido ha descartado romper con su homólogo catalán. Asimismo, Alfredo Pérez Rubalcaba Ha subrayado que es necesario reconstruir la convivencia territorial en España y, en concreto, la relación con Catalunya, y ha recalcado que eso se va a lograr mediante la puesta en práctica de dos palabras: "unidad y diversidad", dos palabras que "forman parte de la historia" del PSOE.

En la conferencia el debate monarquía- república ha demostrado las distancias entre las bases socialistas y su ejecutiva, provocando pitidos a la ejecutiva mientras que ha habido aplausos cuando han recordado el pasado republicano socialista.

Los silbidos y muestras de protesta por este asunto han contrastado con la ovación que han dedicado los socialistas a las víctimas del terrorismo, tras guardar por ellas un minuto de silencio, con motivo del Día de la Memoria que se celebra este domingo en Euskadi.

LA RENOVACIÓN DEL PSOE: OTRA VUELTA DE TUERCA MÁS

La elección de Pedro Sánchez como nuevo secretario general del PSOE es el cuento de nunca acabar. el apoyo del dirigente socialista a la monarquía representa la misma línea de su antecesor, Alfredo Pérez Rubalcaba, y la vieja guardia del partido. El discurso del nuevo secretario general del PSOE no trae consigo la esperada "renovación" con la que contaban las bases y varios dirigentes socialistas. La esperada renovación del partido parece haberse convertido en papel mojado: con un discurso poco convincente, repitiendo las viejas consignas de siempre, silenciando a cualquier militante que se atreva a alzar la voz reclamando una posición republicana o realizando una ligera crítica al papel de la corona, los socialistas se han bañado en la aguas del Jordán de la renovación con el fin de purificarse ante la opinión pública y sus votantes. Sin embargo, hace falta más que un lavado de cara para recuperar la credibilidad. Decía Allende que los pueblos que olvidan su historia están condenados a repetirla. Y esa el condenación del PSOE: sin un discurso claro, rompedor y crítico su voz parece apagarse en su electorado quien ve nuevas oportunidades en partidos como UPyD, demostrando así la distancia entre la ejecutiva y sus bases. En momentos de crisis la ambigüedad nunca es buena compañera de viaje y la política implica, necesariamente, tomar partido a favor de una u otra idea o posición. Posiblemente cuando el PSOE sepa cuál es el sendero que debe recorrer, recuperará su posición hegemónica en el campo de la "izquierda". Mientras tanto, estará condenado a vagar por el desierto de la democracia buscando un nuevo maná de votantes que ignoren su pasado.

¿Ligero giro a la izquierda?

El PSOE que ha gobernado durante dos décadas en España incorpora ahora a su ideario la necesidad de denunciar el Concordato firmado con el Vaticano en 1979, sobre todo para sacar de una vez a la Iglesia católica de las escuelas públicas. Asimismo, ha exigido que la iglesia pague el impuesto de bienes e inmuebles (IBI) de los edificios destinados al culto religioso. dónde está la apuesta por la laicidad del estado?

El PSOE explicita su apoyo a la Monarquía. Los delegados silban la resolución. La votación se hace alzando una cartulina. Sólo menos de 7 votos contra el apoyo a la Monarquía. La traición a la causa republicana viene de lejos: en 1939 el coronel socialista Segismundo casado dio un golpe de estado contra el gobierno republicano de Juan Negrín e intentó pactar una rendición con Franco. Por supuesto, la jugada les salió mal y se impuso una terrible dictadura de cuarenta años que todavía está presente en todas las instituciones del estado. el ejemplo más claro es la monarquía de Juan Carlos I.

La militancia socialista es republicana...siempre y cuando no haya que dar la cara y se pueda perder el carguito en la Agrupación o el enchufe de mi hij@. Los socialistas son republicanos de salón. Que trabajen otr@s para traer la República y l@s partan la cara, que cuando venga ahí estará el PSOE y la militancia socialista para reclamar ser "republicanos de toda la vida" y seguir chupando del momio estatal y engañando a la gente. 

Se salvan muy pocos: la distancia entre la cúpula y la base es cada vez más patente y, ante esto, solamente hay una solución: el PSOE necesita una revolución, tanto en su forma de actuar como en su discurso. o la socialdemocracia da un giro de 360º a su programa y adquiere una postura "realmente socialista" o acabará desintegrándose en pequeños grupúsculos.

“No somos iguales al PP”

El secretario general, Alfredo Pérez Rubalcaba, realizó un discurso orientado a la izquierda y a los movimientos sociales con el fin de intentar recuperar su hegemonía. El secretario general hizo una defensa a ultranza del estado de bienestar. "Hay que estar ahí porque lo que están defendiendo es lo que construimos los socialistas".

El PSOE ha sido la fuerza hegemónica de la izquierda española: las tres mayorías absolutas de Felipe González y la confianza depositada en Zapatero tras las dos derrotas frente a Aznar son dos claros ejemplos de cómo ha conseguido unir a todo el voto de la izquierda.

El mensaje de esta conferencia es bastante claro: el partido debe dar un giro a la izquierda y conectar con sus bases para poder recuperar su hegemonía.

Sin embargo, los datos y sus acciones muestran otra cara muy distinta: PSOE y PP han votado juntos a
  • A la ley SINDE
  • A la eliminación de varios derechos sociales
  • A trabajar hasta los 67
  • A la guerra de Libia (336 votos a favor, 3 en contra)
  • A la primera reforma laboral (junio 2010)
  • A la segunda reforma laboral (junio 2011)
  • A aceptar el pago a los bancos, cuando podían negarse
  • A pagar 9000 millones de euros a la iglesia todos los años
  • A pagar 17000 millones de euros a empresas de armas y al ejército todos los años 14 millones de euros adicionales cada mes que el ejercito español (que no de los españoles, si no del gobierno) está en Libia (matando, cabe matizar)
  • Al plan bolonia (mercantilización de las universidades públicas)
  • A subirse el sueldo (esto no estaba en el orden del día, pero alguien lo propuso y votaron)
  • A ligar los salarios a la "productividad"
  • A aceptar el pacto del euro

Si el PP y el PSOE votan lo mismo en el congreso ¿en que se diferencian? Sólo con que uno de los dos se hubiera negado, cualquiera de estas leyes o acuerdos no habrían salido adelante.

Y como estas, decenas de leyes anticonstitucionales más a nivel autonómico, de común acuerdo

Ningún miembro del PSOE ni del PP ha renunciado a privilegios, coches privados etc. ni ha condenado el secuestro (o retención) del gobierno griego al Gernika (el barco español que se dirigía a Gaza)

Respecto al 15m, los dos partidos criminalizan el movimiento a veces y otras intentan hacerse la foto con los indignados, dependiendo del número de manifestantes

Cuando se les pone en evidencia, atacan al otro partido, es el negocio perfecto

La famosa pinza de Julio Anguita

Todos los medios de comunicación, en especial el grupo PRISA, crearon la "pinza" de IU al PSOE. A pesar de que estaba claro la traición socialista a la clase trabajadora, a su propia historia y a su propia ideología, los dirigentes socialista se empeñan en repetir una y otra vez de manera goebbeliana que Izquierda Unida se aliaba con la "derecha" para desbancar a Felipe González.

Sin embargo, remitiéndonos a los datos, la propaganda socialista se desmorona por sus propio peso.
  • Vitoria (Álava): Gobierna el PP gracias al PSOE
  • Pamplona: Gobierna UPN gracias al PSOE
  • Cangas de Narcea (Asturias): Los 4 concejales del PSOE dieron su voto al candidato del ...PP, 5 concejales, para impedir el gobierno de IU que había sido la lista más votada y cuenta con 6 concejales en el Pleno del Ayuntamiento.
  • Fuenteheridos (Huelva): El PSOE ha impedido que la lista más votada, la de IU, gobierne el Ayuntamiento al apoyar la investidura de su candidata el PP.
  • Carmona (Sevilla): El PSOE ha rechazado un pacto de gobierno con IU (7 concejales). La abstención de los 4 concejales del PSOE ha dado la Alcaldía al PP que cuenta con 9 integrantes en el Pleno.
  • Cardeña (Córdoba): Los concejales del PSOE votaron a favor del único representante del PP para quitar de la Alcaldía a la lista más votada (IU).
  • Pozoblanco (Córdoba): Gobernará el PP con sólo 5 de los 17 concejales del Ayuntamiento ya que los concejales del PSOE votaron a su propio candidato a pesar de ser la tercera fuerza del Pleno.
  • Trévelez (Granada): El PSOE ha conseguido la Alcaldía gracias al apoyo del PP, impidiendo que gobierne Izquierda Unida, a pesar de ser la lista más votada.
  • Villanueva de la Concepción (Málaga): El PSOE gobernará gracias al apoyo del único concejal del PP en el Ayuntamiento.
  • Partaloa (Almería): El único concejal del PP se convierte en Alcalde con el apoyo de los votos del PSOE.
  • Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real): PP y PSOE se repartirán el gobierno durante la legislatura, turnando la Alcaldía dos años para cada uno.
  • Villarubia de los Ojos (Ciudad Real): La Alcaldía es del PP, en minoría, gracias a la abstención de los 6 concejales del PSOE.
  • Belver de los Montes (Zamora): El ayuntamiento queda en manos del PSOE después de un pacto con el PP.
  • Cerecinos de Campos (Zamora): El PP gobernará tras pactar con el PSOE.
  • Moaña (Pontevedra): El PP consigue la alcaldía gracias a la abstención de un concejal del PSOE.
  • La Zubia (Granada): El PP consigue la alcaldía gracias a la mediación de la exalcaldesa del PSOE, que organiza el pacto con un independiente para evitar que IU (más votada) pueda acceder a la alcaldía.
  • Oion (Álava): El PP gobernará el municipio, en minoría, tras la abstención del único concejal del PSOE.
  • Ermua (Bizkaia): El PSE-PSOE gobernará después del apoyo en la investidura por parte de los concejales del PP.
  • Santa Cruz de la Palma (Santa Cruz de Tenerife): PP y PSOE se repartirán el gobierno durante la legislatura, turnando la Alcaldía dos años para cada uno.
  • Los Llanos de Aridane (Santa Cruz de Tenerife): El PP gobernará gracias al apoyo de los 3 concejales del PSOE.
  • Breña Alta (Santa Cruz de Tenerife): PP y PSOE se repartirán el gobierno durante la legislatura, turnando la Alcaldía dos años para cada uno.
  • El Paso (Santa Cruz de Tenerife): Gobernará el PSOE con el apoyo de los concejales del PP.
  • Breña Baja (Santa Cruz de Tenerife): PP y PSOE se repartirán el gobierno durante la legislatura, turnando la Alcaldía dos años para cada uno.
  • Tazacorte (Santa Cruz de Tenerife): Gobernará el PSOE gracias al voto de los dos concejales del PP.
  • Tijarafe (Santa Cruz de Tenerife): El PSOE ha apoyado la investidura del candidato del PP a la Alcaldía para los próximos 4 años.
  • Puntallana (Santa Cruz de Tenerife): El PSOE se apoya en el voto de los dos concejales del PP para conseguir la Alcaldía.
  • Barlovento (Santa Cruz de Tenerife): El Ayuntamieno estará regido por el PSOE gracias al apoyo del PP.
  • El Pobo de Dueñas (Guadalajara): El alcalde, número 2 del PP, votado por el PSOE.
  • Ogíjares (Granada): Escisión del PP con voto del PSOE
  • Benasque (Huesca): PP (Luz Gabás), consigue la alcaldía con el apoyo del PSOE
  • Canal de Berdun (Huesca): Pacto PP - PSOE Polopos (Granada): El PSOE se niega a dar su apoyo a Izquierda Unida, la lista más votada de la izquierda, y facilita el acceso del PP a la alcaldía.
  • Monzón (Huesca): Gobierna el PP con 7 concejales ¡¡de 17!! con abstención del PSOE.
  • Huesca el PP sólo sumaba 11 de 25 concejales. PSOE se vota a sí mismo, no hay pacto, gobierna el PP.
  • Esquivias (Toledo): Pese a sumar mayoría PSOE e IU, el PSOE vota la lista del PP.
  • Santiago del Teide (Santa Cruz de Tenerife): Pacto PP + PSOE "por la estabilidad" (del bipartidismo).
  • San Juan de la Rambla (Santa Cruz de Tenerife): PSOE-PP sellan un pacto en San Juan de la Rambla
  • Granadilla (Santa Cruz de Tenerife): PSOE + PP
  • Güímar (Santa Cruz de Tenerife): PSOE + PP
  • Para Anguita, la pinza fue un montaje de los medios y Nueva Izquierda, que trabajaba "para Roma [el PSOE]". El libro es muy duro con los líderes de ese grupo, que luego se pasaron, como él auguró, al PSOE: "Diego López Garrido y Cristina Almeida fueron a cobrar la recompensa que el romano, cicatero con ella pero magnífico con él, había prometido"
El ex coordinador culpa a Felipe González del desencuentro con IU, ya que éste optó en 1993 por CiU, y justifica su distanciamiento del partido "sinónimo del crimen de Estado, corrupción y escándalo". Sin embargo, ese distanciamiento permitió que el PP gobernara en Asturias y en cientos de municipios en los que la izquierda era mayoría.

Las medidas socialistas: ¿esto es ser de izquierdas?

El antiguo Testamento reza así cuando hablaba del mesías: por sus actos lo conoceréis: En plena reconversión industrial, esa que a manos de Boyer y Solchaga llevó al paro a más de 100.000 personas y que a la postre, ya con Solchada en Economía en 1985 afectaría a 650.000 personas en Galicia, Asturias, Comunidad Valenciana y País Vasco, Felipe González reclamaba que "hace falta también el sacrificio de las personas que pertenecen a ese tipo de empresas en pérdidas. Por eso repartimos los sacrificios, los exigimos a unos y a otros, y esperamos que se comprenda la necesidad de hacer el sacrificio". Cruda realidad, considerando que en campaña electoral el PSOE había prometido la creación de 800.000 nuevos puestos de trabajo.

Los Gobiernos de González son los artífíces del desmantelamiento industrial de España, dejándola a merced de Servicios, de un sector de turismo low-cost. Según la Encuesta de Población Activa señalaba, si en el tercer trimestre de 1976 la población ocupada en la industria era de 3.506.000 personas, en el mismo trimestre de 1982, había descendido hasta los 2.874.000 personas: la crisis o la reconversión espontánea borró del mapa 632.000 puestos de trabajo industriales en España.

Pero mientras, y ante las huelgas generales y las protestas en la calle, González decía en su discurso de televisión que "en el año 83 hemos crecido más que el doble que la media de los países europeos. Y ya sé que algunos ciudadanos pensarán que a ellos les ha ido mal, y normalmente eso suele pasar: a los que les va mal lo dicen, a los que no les va mal o les va bien no suelen decirlo".

El capitalismo ha fracasado, los estados son incapaces de reinventar nuevas formas de organización socio económica, se han rendido ante los manipuladores y los nuevos caciques internacionales, aquellos que nos han esclavizado con créditos, hipotecas y falsas ideas de felicidad basadas en el consumo desmesurado de bienes y servicios cuyo valor han multiplicado para hacernos creer que el goce de los derechos naturales del ser humano son un lujo propios del primer mundo. Y España no se ha quedado atrás, la política del libre mercado, abrazada tradicionalmente por la derecha y fomentada en los años del “aznarismo”, ha visto con los gobiernos de Zapatero una inquietante continuidad a la que este supuesto partido de izquierdas, el PSOE, no ha puesto límite alguno, más aún cuando, al final, las medidas anti crisis tomadas in extremis por el presidente dejan indemne la mecánica capitalista en detrimento de los derechos y las garantías sociales vendidas por esta falsa izquierda como un logro de su gestión. Lo que están haciendo los socialistas sólo tiene un nombre: TRAICIÓN.





jueves, 12 de diciembre de 2013

LA DOCTRINA PAROT: EL FIN DE UNA ERA

El 24 de octubre de 2013 la Unión Europea exigió la libertad de la etarra Inés del Río, condenada a 3800 años de cárcel de los cuáles ha estado 26 años y 3 meses en prisión por 23 asesinatos, tras anular la doctrina Parot, una ley que resta los beneficios de los presos y aumenta los años de prisión por violar los artículos 5 y 7 del convenio de Derechos Humanos.

La anulación de esta intervención jurídica del Tribunal Supremo sobre cómo aplicar los beneficios penitenciarios, beneficiará a sesenta miembros de ETA, 6 militantes de los GRAPO y otros reos, como el violador del ascensor.

El fallo del Tribunal Europeo es definitivo y no puede ser recurrido por la justica española.

La anulación de la doctrina Parot ya es definitiva: el tribunal de Estrasburgo ya ha dictado sentencia y obliga a España a eliminar de su Código Penal  esta cadena perpetua disfrazada con un velo democrático. Francisco Sanz es abogado del Estado y uno de los abogados de España que se ha posicionado en contra de la anulación de la doctrina Parot. Pero ¿Qué es la doctrina Parot?

LOS ORÍGENES: DE DÓNDE VIENE LA DOCTRINA PAROT

La doctrina Parot  tiene su origen en la reforma del Código Penal de 1973 durante la transición española: en esta reforma se anula la pena de muerte y la cadena perpetua, pero se mantiene la pena máxima de 30 años.  Sin embargo, los presos podían gozar de beneficios penitenciarios: por cada dos días de trabajo, se les reducía un día de condena.

Dice el artículo 25 de la Constitución que las penas estarán orientadas hacia la reinserción social del condenado. Pero esa idea de la pena, concebida más como un remedio para curar al reo y devolverle a la sociedad, que como un puro castigo, ya estaba vigente en la legislación penitenciaria heredada de la etapa franquista. Así, el último Código Penal anterior a la democracia, el aprobado en 1973, y que estuvo vigente hasta principios de 1996, creía decididamente en el valor de la reinserción.

Para favorecer la reinserción de los condenados, aquel Código contemplaba varias medidas, de las que nos interesan, ahora, dos. Por un lado, el artículo 70 establecía como límite máximo de cumplimiento los 30 años de prisión. Esto significaba que una persona condenada, por ejemplo, a 200 años de prisión, no estaría entre rejas por el resto de su vida: saldría en libertad a los 30 años. Por otro lado, el artículo 100 ofrecía a los presos la posibilidad de redimir penas mediante el trabajo, en concreto, por cada dos días de trabajo en prisión, el reo reducía su pena en un día. Así, un condenado a diez años de prisión que hubiera estado trabajando durante cuatro años, habría visto reducida su condena en dos años, y solo tendría que cumplir ocho.

La redención de penas existió hasta la reforma penal de 1995. Desde entonces, la reducción de penas se estableció sobre los 30 años.

Entre 2004, coincidiendo con el polémico anuncio de excarcelación de Iñaki de Juana Chaos, y 2005, el Gobierno, entonces del PSOE, hizo revisar los expedientes penitenciarios de todos los condenados de ETA que tenían próxima su excarcelación para ver si podía retrasarlas. En febrero de 2006, el Supremo cambió la interpretación de los tribunales y aprovechó un recurso del preso Henri Parot para establecer –sentencia 197/2006– que los beneficios penitenciarios a los que podía acceder un recluso debían aplicarse sobre cada una de las penas a las que hubiera sido condenado, y no sobre el límite máximo de estancia en prisión. A partir de ese momento, la redención de pena no tomaba como base de cómputo los 30 años sino los 300, 500 o 2.000 a los que hubieran sido condenados. Esto implicaba, en la práctica, alargar las condenas y evitar que condenados con penas altas salieran antes de cumplir 30 años en prisión.
En el año 2006 se establece la doctrina Parot, una doctrina formulada por el Tribunal supremo y convalidada por el Tribunal Constitucional, que aplica la redención de penas sobre cada una de las condenas de los acusados, sin aumentar la pena máxima.

La forma de cumplimiento de la condena total, será de la manera siguiente: se principiará por el orden de la respectiva gravedad de las penas impuestas, aplicándose los beneficios y redenciones que procedan con respecto a cada una de las penas que se encuentre cumpliendo. Una vez extinguida la primera, se dará comienzo al cumplimiento de la siguiente, y así sucesivamente, hasta que se alcanzan las limitaciones dispuestas en la regla segunda del art. 70 del Código penal de 1973. Llegados a este estadio, se producirá la extinción de todas las penas comprendidas en la condena total resultante.

Esta doctrina fue modificada en 2008 solo parcialmente por el Tribunal Constitucional de España en la conocida como doctrina del doble cómputo penal. La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), resolvió definitivamente en un recurso presentando por una condenada de ETA, que la aplicación de la doctrina Parot con carácter retroactivo vulneraba el artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El caso más reciente de la doctrina Parot es la acusación de la etarra Inés del Río, quien demandó al reino de España ante el tribunal europeo de Estrasburgo.

Desde Europa, el tribunal  de Estasburgo condenó la doctrina Parot por su carácter retroactivo, porque perjudica al acusado y su carácter subjetivo.

Este fallo del Tribunal de Estraburgo establece que España aplicó dicha doctrina de forma ilegal, por los motivos expuestos de irretroactividad penal; afirmando que Inés del Río ha cumplido una pena superior a la que le correspondía en virtud del sistema jurídico penal en vigor al momento de la condena; motivo por el cual condena a la excarcelación inmediata de Inés del Río. La resolución conlleva así mismo el pago de una indemnización a la referida por los daños que se le ha irrogado por la extralimitación en su privación de libertad. En este sentido, referir que el Código Penal va dirigido tanto a los ciudadanos como las autoridades públicas, motivo por cual, partiendo del alargamiento de condena sufrido, el Estado debe resarcir a la misma, si bien es previsible que el Estado no desembolse cantidad alguna en compensación, sino que a lo sumo, se rebajará de los miles de euros a que fue condenada Inés del Río por los daños ocasionados con sus terribles actos.

Asimismo, el tribunal distinguió entre la pena (es decir, los años de condena) y la ejecución de la pena (cómo se cumple dicha pena), señalando que los beneficios penitenciarios se deben aplicar en la ejecución de la pena. Según la doctrina Parot, la redención de penas se aplica respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión que, según el ya derogado Código Penal de 1973, es de 30 años.

PROBLEMAS CON EUROPA: CHOQUES CON BRUSELAS

Desde  Europa, siempre se ha tratado de buscarla unidad, también a nivel jurídico. En el convenio de Roma de 1950 se estableció un sistema jurisdiccional en Europa, permitiendo que cualquier ciudadano europeo pueda acudir a Estrasburgo para revisar casos jurídicos estableciendo en su artículo 5 que la privación de libertad solamente es legal si hay una condena y en el artículo 7 la aplicación de un Estado de derecho, que establece que no puede haber pena sin ley, defendiendo la presunción de inocencia.

Europa no concede mucha autonomía a España, pues no permite la interpelación de la pena: el ingreso en la Unión Europea quien busca crear un marco legal común no permite un margen de maniobras a España ni eludir las decisiones del tribunal de Estrasburgo.

La sentencia del tribunal europeo de Estrasburgo declaró contraria a la normativa del derecho europeo la doctrina Parot. Esta decisión es inapelable.

Siendo una decisión inapelable, sólo quedaría como opción el incumplimiento de lo dispuesta en la sentencia. El Gobierno ya ha dicho que va a cumplir con aquello a que le obliga el fallo.

Hay que recordar que en el Estado de Derecho es incompatible la cadena perpetua encubierta como la denominada Doctrina Parot. Esto nos debe hacer cuestionar el sistema dónde vivimos, que permite que determinados delincuentes se pudran entre rejas cuando representa que el sistema penitenciario tiene el objetivo de resocializar.

El PRINCIPAL problema: la irretroactividad de las leyes penales desfavorables.

Pues bien, el problema estriba en que, hasta la Sentencia 197/2006, los años de redención de penas se habían descontado desde el máximo de cumplimiento, no desde el total de la pena. Por tanto, aplicar la doctrina Parot a aquellos delitos cometidos antes de 2006 podría suponer la aplicación retroactiva de una ley penal, algo que prohíben tanto nuestra Constitución como el propio Convenio Europeo de Derechos Humanos. Eso es lo que alega en Estrasburgo la defensa de la etarra Inés del Río, otra asesina que estaría ya en la calle de no ser por la doctrina Parot.

El problema jurídico es complejo. Es cierto que el principio de seguridad jurídica prohíbe aplicar retroactivamente una ley penal desfavorable. Pero también es cierto que, como señaló el Abogado del Estado en la vista de la semana pasada, la aplicación de la doctrina Parot a un condenado no supone alargar su pena o incrementar su condena (algo que el principio de seguridad jurídica prohíbe hacer retroactivamente), sino interpretar de un modo concreto el modo de contabilizar su cumplimiento, pues la redención de penas por el trabajo, en realidad, no afecta al cómputo de la pena, sino solo a su cumplimiento, es decir, la redención de pena es un modo de adelantar la salida de prisión, pero no de reducir la pena.
En cualquier caso, a nadie se le escapa que el problema de la compatibilidad de la doctrina Parot con el principio de seguridad jurídica no es un tema pacífico, y que habrá que esperar a lo que dictamine la Gran Sala.

Asimismo, la capacidad punitiva del estado  está limitada por la regla básica de la irretroactividad, que rige con carácter general en nuestro derecho y resulta inexcusable en el Derecho Penal.

En resumen, la irretroactividad penal supone la imposibilidad de aplicar, a una determinada conducta, una sanción que al tiempo de cometerse no estaba prevista legalmente; también conocida como garantía de ley previa. De lo contrario, la aplicación normativa con carácter retroactivo redundaría no en otra cosa que en una soberana incertidumbre sobre la adecuación de nuestros actos presentes a la legalidad; por cuanto actos que hoy podrían ser lícitos y ajustados a derecho, mañana podrían ser tachados de delito y en consecuencia llevar aparejados sanciones penales que nos podrían ser aplicadas en virtud de dicha retroactividad penal. Como es de ver, ello supondría un choque flagrante y directo contra el principio de seguridad jurídica, enteramente conectado con el Estado Democrático y de Derecho que todos ansiamos y deseamos mantener (o al menos su ideal).

Por otra parte,  es necesario destacar que la Unión Europea trata de buscar mecanismos de unión, no solamente a nivel económico y político, sino también a nivel jurídico, a pesar de las distintas peculiaridades de los países miembros.

Entonces, la pregunta que debería hacerse Europa es si apuesta por una estado unitario o federal.

LA POLÉMICA DECISIÓN: DISTINTAS OPINIONES

La anulación de la doctrina Parot y su aplicación ha dividió a las asociaciones de jueces del estado español.
Jueces para la Democracia ha mostrado su apoyo al Tribunal Europeo, manifestando su reconocimiento y labor jurídica de la unión europea en pos de una sociedad más justa y más democrática.

La claridad de la sentencia del TEDH debe llevarnos a la conclusión de que la doctrina Parot resulta contraria a los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución. por ello, debe respetarse la labor que están haciendo nuestros tribunales al llevar a la práctica dicha resolución.

 RESTO DEL ARTÍCULO

Desde el entorno del movimiento de la izquierda abertzale se ha aplaudido la decisión del tribunal Europeo y la derogación de la doctrina Parot.

Los magistrados europeos han confirmado la ilegalidad de la interpretación jurídica concebida para alargar su estancia en prisión. La decisión, empero, excede el caso de la presa de Tafalla. Es vinculante, sienta jurisprudencia y constituye una severa censura de una política antiterrorista basada en la venganza. Una política que ha degradado la vida social e institucional dentro y fuera de Euskadi. (...)

RESTO DEL ARTÍCULO


Por otra parte, la Asociación de Víctimas del Terrorismo ha mostrado su rechazo al fallo del tribunal de Estrasburgo, oponiéndose frontalmente a cualquier tipo de liberación de miembros de ETA: el
los exigen el cumplimiento íntegro de todas las penas y exigen justicia con  “vencedores y vencidos”.

COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DEL TERRORISMO


El ejecutivo de Mariano Rajoy también ha mostrado su rechazo al fallo. El Gobierno español, a través de la Abogacía del Estado defendió ante la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Estrasburgo que la doctrina Parot aplicada a la terrorista de ETA Inés del Río no viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos porque no ha supuesto alargar su pena y ha preguntado al tribunal si "¿es igual un asesinato que 132?" a la hora de calcular y aplicar los beneficios penitenciarios para un asesinato que para múltiples. Se refería a los 24 asesinatos consumados por la terrorista y a los 108 en grado de tentativa.

Sin embargo, el presidente del gobierno y varios de sus ministros han defendido que “ hay que acatar el fallo de Estrasburgo aunque no nos guste”. El ejecutivo español ha cerrado filas en torno a las víctimas mostrando su apoyo y solidaridad.

Los socialistas y UPyD también han criticado la anulación de la doctrina Parot. Para el PSOE “Repugna las consecuencias”  mientras que UPyD “Solo piden "justicia" para las víctimas y para el fortalecimiento de la democracia”.

Por otra parte, la izquierda parlamentaria y el PNV han mostrado su satisfacción por la anulación de la doctrina Parot. Según la Izquierda Plural La sentencia "avergüenza" a las instituciones españolas democráticos y da argumentos "victimistas" a los "terroristas" Para el PNV la sentencia es "justa y necesaria".


El papel de la judicatura tras el fallo de Estrasburgo

Amaia Izko, abogada de varios presos políticos vascos, sostiene que la cuestión no es tanto si el Gobierno se va a resistir a aplicar una sentencia contraria, sino, más bien, “si las distintas instancias judiciales del Estado español, que hasta ahora se han mostrado tan dóciles --salvo contadas excepciones-- a la hora de asumir un esperpento jurídico como la doctrina Parot, podrían asumir su mantenimiento a pesar de un nuevo dictamen contrario de Estrasburgo, si es que este se produce en los términos de la sentencia de julio. Yo personalmente creo que, de ser así, la situación que se crearía resultaría absolutamente insostenible. La doctrina está cada vez más cuestionada en el ámbito jurídico e incluso en el judicial: en las últimas semanas hemos asistido a pronunciamientos diversos, y de gran importancia, que ponen en duda esta doctrina”.

RESTO DEL ARTÍCULO


¿Y AHORA QUÉ? ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE LA DOCTRINA PAROT

La Constitución Española en su artículo 9 señala el principio de irretroactividad de las leyes, es decir, que las leyes y demás normas del Estado, las CCAA, etc. no pueden ser aplicadas con anterioridad en su entrada en vigor. Poniendo un ejemplo, cuando una ley entra en vigor, por regla general regula sus materias desde el día de entrada en vigor hacia el futuro, nunca lo que se reguló con la ley anterior será modificado. Todo esto conlleva una excepción y es que en determinados casos si esa modificación legal conlleva un importante beneficio para la sociedad puede ser retroactiva pero siempre que beneficie, jamás si perjudica.

La "doctrina Parot" claramente es lesiva para los condenados ya que en el momento de ser sentenciados existía una norma, con la que podemos estar o no de acuerdo, pero es la que es y como en todo Estado de Derecho que se precie debemos respetar. De hecho, muchos condenados ya deberían haber cumplido su pena hace años y en cambio han seguido en la cárcel al amparo de una decisión sin precedentes y claramente política.

La doctrina Parot ha sido utilizada indiscriminadamente por varios sectores de la sociedad como arma arrojadiza y como medida puramente represiva y extrapolada a delitos que a priori no estaban incluidos en el borrador.

Al estar basada en los fundamentos del Código Penal de 1973, la doctrina Parot no deja de ser el reflejo de una cadena perpetua con traje democrático: esto se debe, en parte,  a la inexistencia de un proceso de ruptura con la dictadura franquista.

Al no haberse producido una ruptura sino una transacción de un sistema dictatorial a un sistema democrático, éste último conserva varios resquicios de la dictadura franquista, tan a nivel cultural, político y judicial.

Las voces críticas contra la sentencia de Estrasburgo no se cimientan sobre argumentos racionales y propiamente jurídicos, sino más bien en sentimientos, tendencias, intenciones... que son totalmente respetables pero que, a lo hora de legislar, carecen de relevancia al ser juicios paralelos y subjetivos que contradicen el ideal de un estado de derecho, es decir, la reinserción de los acusados en la sociedad.