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martes, 7 de enero de 2014

Tortura Euskal Herrian - Tortura en el País Vasco

El derecho internacional establece el derecho de toda persona a no ser sometida a tortura o trato o pena cruel, inhumano o degradante. Es deber de los Estados demostrar su condena absoluta a tales actos, tanto en el plano de su legislación interna como en las actuaciones de todos sus funcionarios. Además de respetar la prohibición de la tortura y los malos tratos, es obligación de los Estados investigar de forma inmediata tales actos, someter a los responsables a un proceso justo, imponerles un castigo y ofrecer a las víctimas una reparación adecuada.

El régimen de incomunicación

Amnistía Internacional se opone a la detención en régimen de incomunicación por ser una práctica que facilita la tortura y los malos tratos y que aumenta el riesgo de violaciones de derechos humanos contra los detenidos.

Actualmente en España se puede mantener detenida a una persona en régimen de incomunicación por un periodo de hasta 13 días, los primeros 5 sin tener la posibilidad de ser llevado ante un juez, lo que viola normas internacionales de derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La preocupación de Amnistía Internacional es compartida por organismos como el Comité contra la Tortura, el Relator contra la Tortura de Naciones Unidas o el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura.

Amnistía Internacional pide al Gobierno español que o bien elimine la detención en régimen de incomunicación o se aseguren todas las garantías para los detenidos, como el derecho a la asistencia letrada y médica de libre elección. Ver el informe Salir de las sombras. Es hora de poner fin a la detención en régimen de incomunicación (Septiembre de 2009).

Reparación a víctimas de la tortura

El derecho internacional establece que las víctimas de tortura y malos tratos tienen el derecho a recibir del Estado una reparación inmediata que incluya la restitución, una indemnización justa y adecuada, así como atención medica y cuidados apropiados para su rehabilitación.

El artículo 5 de la Declaración de Derechos Humanos afirma qué "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes"

Amnistía Internacional ha manifestado su pesar por la impunidad que parece amparar en España a los funcionarios responsables de tortura y malos tratos y por la falta de garantías para las víctimas de estos delitos de obtener una reparación satisfactoria.

En su informe España: Acabar con la doble injusticia: Víctimas de tortura y malos tratos sin reparación, Amnistía Internacional denunciaba la larga duración de los procesos por tortura y documenta casos en los que víctimas de tortura han tenido que esperar entre 15 y 20 años para obtener una sentencia firme que determine una indemnización. El informe también ilustra numerosos casos en los que, a pesar de que las torturas o malos tratos han resultado probados, las víctimas no obtienen indemnización alguna. También constata que la cuantía de las cantidades concedidas en concepto de indemnización ha sido, por regla general, muy baja.


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